Calculadora IRPF autónomos 2026 actualizada

Actualizada a 2026. Calcula tu pago fraccionado del modelo 130 con los tramos oficiales vigentes en 2026. Introduce ingresos, gastos, retenciones y pagos previos y obtén el importe exacto a ingresar este trimestre.

Actualizado: enero 2026

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Datos acumulados 2026

Desde el 1 de enero de 2026 hasta fin del trimestre.

Incluye cuota autónomos, asesoría, suministros, dietas.

15% retenido por empresas en tus facturas.

Importe a ingresar (modelo 130)

1420,00 €

Rendimiento neto acumulado
17.600,00 €
Cuota 20% del rendimiento
3520,00 €
− Retenciones soportadas
− 1200,00 €
− Pagos trimestres anteriores
− 900,00 €
Tipo efectivo aplicado
20.0%
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Novedades del modelo 130 en 2026

El pago fraccionado sigue siendo el 20% del rendimiento neto acumulado, sin cambios estructurales. Lo que sí se actualiza cada año son los mínimos personales y familiares, las reducciones por rendimientos del trabajo y la tabla de cotización RETA que impacta en tus gastos deducibles. Esta calculadora integra las cifras vigentes en 2026.

Plazos oficiales 2026

  • 1T 2026: del 1 al 20 de abril.
  • 2T 2026: del 1 al 20 de julio.
  • 3T 2026: del 1 al 20 de octubre.
  • 4T 2026: del 1 al 30 de enero de 2027.

Cómo funciona

La calculadora IRPF autónomos 2026 actualizada aplica el pago fraccionado del modelo 130 vigente para el ejercicio 2026: un 20% sobre el rendimiento neto acumulado desde el 1 de enero, del que se restan las retenciones soportadas en tus facturas y los pagos fraccionados presentados en trimestres anteriores. Es el mecanismo por el que la Agencia Tributaria adelanta parte del IRPF que regularizarás en la declaración de la renta del año siguiente.

Introduces cuatro variables: ingresos acumulados del año hasta el cierre del trimestre, gastos deducibles acumulados, retenciones IRPF soportadas y lo ingresado en modelos 130 anteriores. La herramienta calcula el rendimiento neto, aplica el 20% oficial y descuenta retenciones y pagos previos para devolverte el importe exacto a ingresar en ese trimestre, o cero si el resultado sale negativo.

A diferencia de la retención en nómina de un trabajador por cuenta ajena, el autónomo en estimación directa asume él mismo el cálculo y el ingreso. El modelo 130 es acumulativo: cada trimestre se recalcula sobre el rendimiento total del año hasta la fecha, no solo del trimestre en curso. Esto evita infrapagos y sirve para ajustar el ritmo si la actividad varía mucho.

Fórmula utilizada

a_ingresar = max(0; 0,20 · (ingresos − gastos) − retenciones − pagos_previos)

El 20% se aplica siempre sobre el rendimiento neto acumulado (ingresos menos gastos deducibles) desde el 1 de enero del año fiscal. Nunca sobre los ingresos brutos, y nunca sobre un solo trimestre aislado.

Si tus facturas a empresas ya llevan retención del 15% (profesionales), esas retenciones se acumulan y se descuentan aquí. Al final del ejercicio, la suma de todos los modelos 130 y las retenciones se cruza con la cuota IRPF real de la declaración anual y se ajusta.

Ejemplo práctico paso a paso

Un diseñador autónomo cierra el primer semestre de 2026 con estos datos y quiere calcular su modelo 130 del segundo trimestre.

  1. 1. Suma ingresos y gastos del año. Ingresos acumulados de enero a junio: 24.000 €. Gastos deducibles acumulados (cuota autónomos, asesoría, software, suministros, dietas): 6.400 €. Rendimiento neto acumulado: 24.000 − 6.400 = 17.600 €.
  2. 2. Aplica el 20% oficial. Cuota fraccionada acumulada: 17.600 × 0,20 = 3.520 €. Este es el importe teórico que el autónomo debería haber adelantado a Hacienda hasta el 30 de junio.
  3. 3. Resta retenciones soportadas. Como facturó a empresas por 8.000 €, esas facturas llevaron una retención del 15% = 1.200 € acumulados. Cuota tras retenciones: 3.520 − 1.200 = 2.320 €.
  4. 4. Resta lo pagado en el 1T. En el primer trimestre presentó un modelo 130 por importe de 900 €. Cuota tras pagos previos: 2.320 − 900 = 1.420 €.
  5. 5. Importe a ingresar del 2T. El resultado del modelo 130 del segundo trimestre es 1.420 €, con plazo de presentación entre el 1 y el 20 de julio (15 de julio si se domicilia el pago).

En el tercer y cuarto trimestre repetirá el proceso con los ingresos y gastos acumulados a septiembre y diciembre. En la declaración de la renta 2026 se regularizará: si el 20% ha sido superior a su tipo efectivo real, le devolverán la diferencia.

Preguntas frecuentes

¿Qué diferencia hay con la calculadora IRPF autónomos clásica?

Ninguna en la fórmula: el 20% del modelo 130 no ha cambiado. Esta versión 2026 actualiza los mínimos, incluye la tabla de cotización RETA en vigor y muestra el tipo efectivo estimado de la declaración anual para que compares el 20% pagado a cuenta con lo que realmente te tocará.

¿Estoy obligado a presentar el modelo 130 en 2026?

Sí si tributas en estimación directa (normal o simplificada) y menos del 70% de tus facturas llevan retención del 15%. Los profesionales que facturan casi exclusivamente a empresas están exentos porque ya adelantan IRPF factura a factura. Los autónomos en módulos presentan el modelo 131, no el 130.

¿Puedo deducir la cuota de autónomos en el modelo 130?

Sí. La cuota mensual del RETA es un gasto deducible del rendimiento neto en estimación directa. Se resta de los ingresos igual que el resto de gastos afectos a la actividad antes de aplicar el 20%.

¿Y si mi resultado es negativo?

Presentas el modelo con importe cero. La cantidad negativa no se devuelve en ese trimestre: se arrastra y se compensa en el siguiente modelo 130 del mismo ejercicio. En la declaración anual, el saldo total se regulariza definitivamente.

¿Qué pasa si presento el modelo fuera de plazo?

Recargo del 1% por cada mes de retraso sin sanción durante los primeros 12 meses (Ley 11/2021). A partir del año, recargo del 15% más intereses de demora. Si Hacienda lo detecta antes de que lo presentes, la sanción sube al 50-150% de la cuota. Presenta siempre a tiempo aunque sea a cero.

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Fuentes oficiales

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Aviso: Esta herramienta ofrece estimaciones orientativas basadas en la normativa vigente. No sustituye el asesoramiento profesional de un economista, asesor fiscal o entidad financiera autorizada.