Calculadora IRPF no residentes (IRNR) 2026

Actualizada a 2026. Calcula el Impuesto sobre la Renta de No Residentes (IRNR) sobre rentas obtenidas en España aplicando los tipos oficiales del 19% (UE/EEE) y 24% (resto de países).

Actualizado: enero 2026

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Tus datos 2026

IBI, comunidad, seguros, intereses hipoteca, amortización 3%...

IRNR a pagar en 2026

1710,00 €

Base imponible
9000 €
Tipo IRNR aplicable
19%
Tipo efectivo sobre ingresos
14.25%
Modelo a presentar
210

Residentes en UE/EEE con intercambio de información tributan al 19% y pueden deducir gastos del inmueble. El resto tributa al 24% sobre los ingresos íntegros, sin deducciones.

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Qué es el IRNR y cuándo se aplica

El Impuesto sobre la Renta de No Residentes (IRNR) grava las rentas que personas físicas o entidades no residentes fiscalmente en España obtienen en territorio español. Se aplica cuando permaneces menos de 183 días en España durante el año natural o cuando el centro de tus intereses económicos no está aquí. A diferencia del IRPF, el IRNR no aplica una escala progresiva, sino tipos fijos por tipo de renta.

Tipos oficiales IRNR 2026

Tipo de rentaUE/EEEResto
Alquiler de inmueble19% (neto)24% (íntegro)
Trabajo sin establecimiento permanente19%24%
Dividendos, intereses, plusvalías19%19%
Pensiones y otras rentas19%24%

Modelo 210: cómo y cuándo declarar

El IRNR se autoliquida mediante el modelo 210. Los plazos varían según el tipo de renta: los rendimientos del alquiler se presentan trimestralmente (20 de abril, julio, octubre y enero) si hay cuota a ingresar, o anualmente durante enero del año siguiente si sale a devolver o cero. La imputación de rentas inmobiliarias (segunda vivienda no alquilada) se declara durante todo el año natural siguiente al del devengo. Los rendimientos del ahorro con retención en origen se ingresan por el retenedor y solo se declara complementariamente si procede.

Convenios para evitar la doble imposición

España tiene firmados más de 100 convenios internacionales para evitar la doble imposición. En muchos casos, un residente en otro país puede beneficiarse de tipos reducidos (5%, 10% o 15% en dividendos e intereses) o incluso de la exención total en España si el convenio así lo establece. Para aplicar el convenio hay que aportar un certificado de residencia fiscal expedido por la autoridad tributaria del país de residencia.

Imputación de rentas inmobiliarias

Si eres propietario no residente de una vivienda en España que no está alquilada, Hacienda te imputa una renta ficticia del 1,1% del valor catastral (o del 2% si el valor no ha sido revisado en los últimos 10 años). Sobre esa base se aplica el 19% (UE/EEE) o 24% (resto). Es decir, una vivienda con valor catastral de 100.000 € puede generar un IRNR anual de entre 209 € (UE) y 528 € (resto), aunque no la alquiles ni la uses.

Retenciones al vender un inmueble

Cuando un no residente vende un inmueble en España, el comprador está obligado a retener el 3% del precio de venta e ingresarlo en Hacienda (modelo 211) como pago a cuenta del IRNR. El vendedor no residente presenta el modelo 210 en los 4 meses siguientes para regularizar: si la ganancia real supone un IRNR superior al 3% retenido, paga la diferencia; si es inferior, solicita la devolución.

Cómo funciona

La calculadora de IRPF no residentes 2026 estima el Impuesto sobre la Renta de No Residentes (IRNR) que grava las rentas obtenidas en España por personas físicas que no son residentes fiscales aquí. A diferencia del IRPF, el IRNR aplica tipos fijos por tipo de renta y distingue entre residentes en la UE/EEE (con intercambio efectivo de información tributaria) y residentes en el resto del mundo, con tratamientos y tipos muy diferentes.

El caso más habitual es el de propietarios extranjeros de vivienda en España, jubilados que perciben pensiones españolas viviendo fuera y trabajadores impatriados en modalidades sin establecimiento permanente. La calculadora cubre las cuatro categorías principales: alquiler de inmuebles, rendimientos del trabajo, rendimientos del ahorro (dividendos, intereses, plusvalías) y otras rentas como pensiones o cánones.

El impuesto se autoliquida mediante el modelo 210 en plazos que dependen del tipo de renta: trimestrales para alquileres con cuota a ingresar, anuales para imputaciones de rentas inmobiliarias, y en 4 meses tras la operación en el caso de ganancias por venta de inmuebles. Es fundamental comprobar si tu país de residencia tiene un convenio de doble imposición con España, ya que puede reducir significativamente el tipo aplicable.

Fórmula utilizada

cuota_IRNR = base_imponible × tipo_fijo

El tipo general es del 24% para residentes fuera de la UE/EEE y del 19% para residentes en la UE, Islandia, Liechtenstein o Noruega con intercambio efectivo de información. Los rendimientos del ahorro tributan siempre al 19% independientemente del país. En los alquileres, los residentes UE/EEE pueden deducir gastos del inmueble (IBI, comunidad, intereses, amortización 3%) del rendimiento; el resto tributa al 24% sobre los ingresos íntegros, sin deducir nada.

Sobre la cuota calculada se aplican, en su caso, las reducciones establecidas en los convenios de doble imposición firmados por España. Si tu país de residencia tiene convenio, puedes solicitar que se aplique el tipo reducido acreditando la residencia fiscal con un certificado expedido por la autoridad tributaria de tu país.

Ejemplo práctico paso a paso

Vamos a calcular el IRNR 2026 de un ciudadano alemán residente en Berlín que alquila un piso en Málaga por 1.000 €/mes durante todo el año, con 3.500 € anuales de gastos deducibles (IBI, comunidad, seguros, amortización).

  1. 1. Calcula el ingreso íntegro anual. Renta mensual 1.000 € × 12 meses = 12.000 € de ingresos íntegros por alquiler durante el año 2026.
  2. 2. Comprueba la residencia fiscal. Al residir en Alemania (Estado miembro de la UE con intercambio efectivo de información), puede aplicar el tipo del 19% y deducir los gastos del inmueble. Necesita disponer de certificado de residencia fiscal alemán vigente.
  3. 3. Calcula el rendimiento neto. Rendimiento neto = 12.000 − 3.500 = 8.500 €. Los gastos deducibles incluyen IBI, comunidad, seguros, intereses de una eventual hipoteca, amortización del 3% sobre el valor de construcción, honorarios de agencia y gastos de conservación.
  4. 4. Aplica el tipo del 19%. Cuota IRNR anual = 8.500 × 19% = 1.615 €. Se distribuye en cuatro pagos trimestrales mediante el modelo 210: aproximadamente 404 € cada trimestre presentados los días 20 de abril, julio, octubre y enero.
  5. 5. Compara con residente en Reino Unido tras el Brexit. Un mismo caso residente en Reino Unido (fuera de la UE desde 2021) tributaría al 24% sobre los 12.000 € íntegros sin deducir gastos: cuota anual = 12.000 × 24% = 2.880 €. La diferencia (1.265 € más al año) muestra el impacto del Brexit en propietarios británicos con inmuebles en España.

Este ejemplo evidencia por qué es tan importante estar registrado como residente en la UE/EEE y disponer del certificado de residencia fiscal actualizado: el ahorro anual puede superar los 1.000 € en alquileres medianos.

Preguntas frecuentes

¿Cuándo se considera que ya no soy residente fiscal en España?

Dejas de ser residente fiscal cuando permaneces menos de 183 días en España durante el año natural y el centro de tus intereses económicos y familiares no está aquí. Debes acreditar tu residencia en otro país mediante certificado tributario. Mientras seas residente, tributas por IRPF por tu renta mundial; en cuanto dejas de serlo, solo por IRNR y solo por rentas de origen español.

¿Tengo que presentar modelo 210 si mi piso está vacío?

Sí. Los propietarios no residentes de inmuebles urbanos no arrendados están obligados a presentar el modelo 210 anualmente por la imputación de rentas inmobiliarias: el 1,1% del valor catastral (o el 2% si no se ha revisado en los últimos 10 años) al que se aplica el 19% o 24% según residencia. Es la principal obligación olvidada por muchos propietarios extranjeros.

¿Cómo funciona el convenio de doble imposición?

España tiene firmados más de 100 convenios internacionales. Si eres residente en un país con convenio, puedes beneficiarte de tipos reducidos en dividendos (habitualmente 15%), intereses (5%–10%) y cánones (5%–10%). Para aplicarlo debes acreditar tu residencia con un certificado expedido por la autoridad tributaria de tu país, válido normalmente por un año.

¿Puedo aplicar el mínimo personal y familiar del IRPF?

Generalmente no. El IRNR aplica tipos fijos sobre la base sin considerar mínimos personales o familiares, salvo para trabajadores fronterizos residentes en otro Estado miembro de la UE que obtengan al menos el 75% de sus rentas en España: pueden solicitar tributar por IRPF con todos sus beneficios y reducciones.

¿Qué pasa si vendo un inmueble como no residente?

El comprador tiene la obligación de retener el 3% del precio de venta e ingresarlo en Hacienda mediante el modelo 211 como pago a cuenta del IRNR. Tú, como vendedor, presentas el modelo 210 en los 4 meses siguientes para regularizar: pagas la diferencia si la ganancia real supone un IRNR mayor al 3% retenido o solicitas la devolución si es menor.

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Fuentes oficiales

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Aviso: Esta herramienta ofrece estimaciones orientativas basadas en la normativa vigente. No sustituye el asesoramiento profesional de un economista, asesor fiscal o entidad financiera autorizada.