Calculadora IRPF Galicia 2026 — Tramos autonómicos y tipos

Calcula tu IRPF en Galicia en 2026 con la escala autonómica vigente más el tramo estatal, y compara el resultado con la media nacional. Galicia aplica en 2026 una escala autonómica deflactada que arranca en el 9% y llega al 22,5%, con tipos ligeramente inferiores a la referencia estatal en los tramos bajos y medios.

Actualizado: enero 2026

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Tus datos en Galicia

Importe bruto antes de retenciones y cotizaciones.

Comunidad preseleccionada: Galicia. Se aplica su escala autonómica real 2026 junto con el tramo estatal.

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IRPF anual estimado en Galicia

4858 €

Tramo estatal
2484 €
Tramo autonómico (Galicia)
2374 €
Tipo medio sobre el bruto
17,35 %
Base imponible
26.188 €
Seguridad Social
1812 €
Neto anual estimado
21.331 €
Con escala media estatal
4968 €
Diferencia vs media nacional
-110 €
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Tramos autonómicos del IRPF en Galicia (2026)

El IRPF se reparte al 50% entre el Estado y la comunidad autónoma de residencia. La escala estatal es idéntica en todo el régimen común; la escala gallega es la que marca la diferencia respecto a otras comunidades.

Escala autonómica del IRPF en Galicia para 2026
Base liquidable desdeHastaTipo autonómico
0 €12.985 €9,00 %
12.985 €21.068 €11,65 %
21.068 €35.200 €14,90 %
35.200 €47.600 €18,40 %
47.600 €60.000 €18,50 %
60.000 €En adelante22,50 %

Galicia ha deflactado su escala autonómica para neutralizar el efecto de la inflación: el primer tramo llega hasta 12.985,34 € al 9% y el segundo hasta 21.068 € al 11,65%, ambos por debajo de los tipos de referencia estatales del 9,5% y el 12%.

En el tramo medio (14,9% hasta 35.200 €) la diferencia con la media nacional es pequeña pero constante: en torno a un 1% menos de cuota anual para un salario de 30.000 €. En rentas altas la escala converge con la referencia estatal y el marginal autonómico se queda en el 22,5%.

Galicia complementa la escala con deducciones muy orientadas al medio rural y a la natalidad, que en muchos casos pesan más en la declaración final que la propia diferencia de tipos.

Ejemplo práctico con un sueldo de 28.000 € en Galicia

Con 28.000 € brutos anuales, la escala gallega grava los primeros 12.985,34 € al 9%, el tramo hasta 21.068 € al 11,65% y el resto de la base liquidable al 14,9%.

  1. Cotización a la Seguridad Social: 1812 € (6,47% del bruto en contrato indefinido).
  2. Base imponible tras la reducción por trabajo: 26.188 €.
  3. Cuota estatal: 2484 €.
  4. Cuota autonómica gallega: 2374 €.
  5. IRPF total del año: 4858 €, un tipo medio del 17,35 % sobre el bruto.

Cómo se compara Galicia con la media nacional

Con ese mismo sueldo de 28.000 €, la escala media estatal daría una cuota de 4968 €. En Galicia el resultado es 4858 €, es decir 110 € menos al año. Traducido a la nómina, son unos 9 € al mes de diferencia.

Conviene recordar que la comparación entre comunidades no se agota en la escala: las deducciones autonómicas pueden cambiar el resultado final de la declaración por completo, sobre todo en familias con hijos o con vivienda en alquiler.

Deducciones autonómicas destacadas en Galicia

  • Deducción por nacimiento o adopción, ampliada en municipios de menos de 5.000 habitantes.
  • Deducción por alquiler de vivienda habitual para menores de 36 años.
  • Deducción por inversión en empresas gallegas de nueva creación y en sociedades agrarias.
  • Deducción por gastos de conciliación y cuidado de hijos menores.

Fuente normativa: Xunta de Galicia — Decreto Legislativo 1/2011 de tributos cedidos.

Casos especiales

Traslado a Galicia desde Madrid o Cataluña durante el ejercicio

Galicia aplica una escala autonómica del 9% al 22,5%, muy competitiva en tramos bajos y medios. La comunidad que fija la escala para todo el año es aquella en la que permanezcas más de 183 días. Un trabajador que se traslada de Barcelona a A Coruña en mayo con base liquidable de 30.000 € tributará todo 2026 con escala gallega, con un ahorro aproximado de 500 € de cuota autonómica respecto a Cataluña. Un traslado en noviembre no cambia nada ese año: tributará en Cataluña. En sentido contrario, quien sale de Galicia a Madrid tras el 2 de julio mantiene la escala gallega ese ejercicio, en este caso con una diferencia mínima porque ambas escalas son parecidas hasta los 35.000 €.

Deducciones gallegas: alquiler para menores de 35, nacimiento y familia numerosa

Galicia permite deducir el 10% del alquiler de vivienda habitual con un máximo de 300 € anuales (20% y 600 € si tienes dos o más hijos menores; el doble si hay discapacidad del 33% o más), para contribuyentes de 35 años o menos con base imponible no superior a 22.000 €. La deducción por nacimiento o adopción es de las más generosas de España: 300 € por hijo si la base es superior a 22.000 € y 360 € si es igual o inferior, que se eleva a 1.200 € para el segundo hijo y 2.400 € para el tercero y siguientes, y se duplica en partos múltiples; además se extiende a los dos años siguientes al nacimiento. Familia numerosa: 250 € (general) o 400 € (especial), que suben a 500 € y 800 € si algún miembro tiene discapacidad del 65% o más. Efecto en el cálculo: una familia de Vigo con base de 21.000 € que tiene su segundo hijo en 2026 puede restar 1.200 € de cuota autonómica, lo que en muchos casos deja el IRPF autonómico gallego prácticamente a cero.

Trabajador con actividad simultánea en Galicia y Asturias o Castilla y León

En la franja de Ourense y Lugo es habitual trabajar en León o Zamora, y en Ribadeo con Asturias. La escala autonómica aplicable es siempre la de tu residencia habitual, determinada por más de 183 días de permanencia, con independencia de dónde esté el centro de trabajo o dónde factures. Solo cuando los días no permiten decidir se atiende al principal centro de intereses (donde generas más base imponible) y, en último término, a la última residencia declarada. Hay un matiz gallego relevante: la Xunta aplica deducciones específicas para contribuyentes que residen en municipios en riesgo de despoblación, así que acreditar la residencia real en Galicia puede aportar beneficios adicionales frente a la comunidad vecina, más allá de la propia escala.

Preguntas frecuentes

¿Cuáles son los tramos del IRPF autonómico gallego en 2026?

Seis tramos: 9% hasta 12.985,34 €, 11,65% hasta 21.068 €, 14,9% hasta 35.200 €, 18,4% hasta 47.600 €, 18,5% hasta 60.000 € y 22,5% para el exceso.

¿Se paga menos IRPF en Galicia que en la media de España?

Sí, ligeramente. La deflactación de los dos primeros tramos y el tipo del 14,9% en el tramo medio dejan la cuota alrededor de un 1% por debajo de la escala media estatal para salarios de entre 20.000 € y 35.000 €.

¿Qué deducciones autonómicas destacan en Galicia?

Las de nacimiento o adopción (con importes ampliados en municipios de menos de 5.000 habitantes), alquiler de vivienda habitual para menores de 36 años, inversión en empresas gallegas de nueva creación y gastos de conciliación.

¿La escala gallega se aplica también a autónomos?

Sí. La escala autonómica se aplica sobre la base liquidable general, ya provenga de rendimientos del trabajo o de actividades económicas en estimación directa u objetiva.

¿Cambian las retenciones de mi nómina por vivir en Galicia?

Sí. El porcentaje de retención se calcula con la escala conjunta estatal más autonómica, de modo que la escala gallega deflactada reduce ligeramente la retención mensual respecto a la media nacional.

IRPF en otras comunidades autónomas

¿Prefieres compararlas todas de un vistazo? Ver la comparativa del IRPF por comunidad autónoma.

Datos y fuentes oficiales

Última actualización: enero 2026
¿De dónde salen estos datos?

Esta calculadora aplica los tramos y tipos del IRPF según la Ley 35/2006 del IRPF y la escala general vigente publicada por la Agencia Tributaria (AEAT). Puedes consultar la fuente original aquí: AEAT — Manual práctico de Renta.

Última actualización: enero 2026. Si detectas un tramo o tipo desactualizado, escríbenos y lo corregimos en menos de 48 horas.

Esta herramienta ofrece una estimación orientativa y no sustituye el asesoramiento de un profesional fiscal. Cómo calculamos.

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Aviso: Esta herramienta ofrece estimaciones orientativas basadas en la normativa vigente. No sustituye el asesoramiento profesional de un economista, asesor fiscal o entidad financiera autorizada.